El emblemático exdirector del Museo de Arte Contemporáneo se mostró crítico sobre la norma que será votada en el pleno. "Creo que el autor de todas maneras tiene un derecho principal sobre las obras, pero si el Estado requiere una obra, el Estado tiene un derecho también sobre esa obra", afirma.

Para este jueves estaba prevista la votación en el pleno de la Convención Constitucional de un artículo que consagra en la carta magna los derechos de autor, instancia que ha sido apoyada por artistas de la escena local y cuestionada por otros tantos, entre ellos el emblemático exdirector del Museo de Arte Contemporáneo, Francisco Brugnoli.

Según información de La Radio, la votación se postergó para el próximo martes por temas de tiempo, pero el debate continúa en los gremios nacionales.

El artículo que se votará, será el siguiente: “Artículo X: Derecho a beneficiarse de los intereses morales y materiales. Todas las personas, individual y colectivamente, tienen derecho a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales sobre las creaciones o producciones culturales, científicas, artísticas y otras relativas a los conocimientos en general, de las que sean autoras o intérpretes”.

“Estos derechos comprenden el aprovechamiento y el uso de la obra o interpretación, por un tiempo que no será inferior al de la vida del titular, así como el reconocimiento a la creación, divulgación e integridad de éstas, conforme a lo que establezca la ley”, añade.

“El derecho material de autores o intérpretes estará sujeto a las disposiciones del derecho de propiedad establecidas por esta Constitución, en cuanto a sus garantías, limitaciones y función social, debiendo la ley velar tanto por su protección con la de los demás derechos culturales, el resguardo de los saberes ancestrales y el goce del beneficio de los conocimientos”, finaliza.

Para Brugnoli, el problema del artículo es que no sopesa el bien común sobre el bien privado. “Si no hubiese sido posible el bien común sobre el bien privado, no se habrían hecho un montón de obras. El Estado no hubiese podido funcionar nunca. Hubiese sido totalmente regresivo”, resume en diálogo con BioBioChile.

El exdirector lo plantea de esta forma: “Creo que el autor de todas maneras tiene un derecho principal sobre las obras, pero si el Estado requiere una obra, el Estado tiene un derecho también sobre esa obra; ahí veremos cuál es ese derecho”.

“Las constituciones hablan de principios. De repente no todas las obras van a ser requeridas por el Estado para un museo, pero si tú pones que las obras quedan como un derecho privado por la vida del artista, por 70 años, quiere decir que un museo del Estado está privado de mostrar lo que se está haciendo en la contemporaneidad. Entonces el Museo de Arte Contemporáneo sería un absurdo, no podría llevarse a la práctica. Además el museo tiene una función de difusión. Entonces, ¿cómo difundo obras contemporáneas desde un museo del Estado? Que un museo privado pague, me parece lógico”, remarcó.

Brugnoli se responde: “Las constituciones chilenas siempre han hablado de bien común. Entonces, estamos más atrás que en la constitución del 80. Lo encuentro de una gravedad tremenda. He tenido discusiones con colegas y me parece increíble. Es algo así como: ‘no me toquen lo mío’, sin pensar que nosotros somos hijos de la sociedad. Heidegger lo decía: el ser se hace en el mundo, entonces tenemos una deuda con el mundo”, reflexiona.

Para el destacado artista visual con más de 5 décadas de carrera, “el arte es un bien social desde sus orígenes. Pensar que era privado el ejercicio del arte en las cavernas, es de locos. ¿Para quién era eso, en beneficio de quién? La historia entera es así. Los principios del comercio están primando sobre los ejercicios culturales generales”, sintetiza sobre la norma de derechos de autor.

 


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